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19/12/2017 07:46 hs

Qué es la reforma previsional y qué cambios puede introducir en las jubilaciones

Argentina - 19/12/2017 07:46 hs
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El método de actualización que propone el proyecto tiene un impacto dispar, al igual que el bono compensatorio.

La aprobación de la ley previsional generaría diferentes consecuencias en los ingresos futuros de los jubilados. Los efectos dependen del nivel de haberes y la situación con respecto a si se hicieron o no aportes durante al menos 30 años. Esto último no sólo determinaría el monto del plus a cobrar en marzo (que se dispondría por fuera de la ley), sino que, además, definiría si alguien está o no alcanzado por la garantía de cobrar un ingreso que no sea inferior al 82% del salario mínimo. A diferencia de la fórmula actual, que contempla principalmente la evolución de los salarios y de la recaudación de los recursos tributarios que recibe la Anses, el cálculo que busca imponer el Gobierno tiene en cuenta la variación del índice de precios, en un 70%, y la de un índice salarial, en un 30%. Otro cambio fundamental es que, en lugar de ajustes semestrales como los previstos por la ley actual, las recomposiciones serían trimestrales.

En el empalme entre ambas modalidades de actualización es donde estaría el mayor efecto fiscal, como contracara de una caída en el nivel de la suba que recibirían los jubilados, al menos respecto de lo que estaba previsto. El mecanismo actual dispone compensar todo el segundo semestre de un año con el aumento otorgado en marzo siguiente, en tanto que con la fórmula propuesta, el ajuste del tercer mes de 2018 respondería a lo ocurrido con la inflación y los salarios sólo en el tercer trimestre de este año. Las variaciones de este cuarto trimestre, en tanto, serían la base para la compensación de junio. Un grupo de jubilados, sin embargo, recibiría un incremento el mes próximo.

¿Qué pasaría con los haberes, según la situación en la que se está hoy? Aquí van algunas precisiones:

Los que cobran el haber mínimo y se jubilaron tras haber hecho 30 años de aportes. Estas personas quedarían alcanzadas por la garantía de cobrar no menos del 82% del salario mínimo. Como esta referencia subirá a $ 9500 en enero, los haberes aumentarían ese mes de $ 7246 a $ 7790, es decir, un 7,5%, o $ 544 (las cifras son en bruto, es decir, previas al descuento por el aporte al PAMI ¿Qué pasaría en marzo? El índice de movilidad, que será de 5,7%, se aplicaría sobre el valor del haber excluyendo el plus por la garantía del 82%, y se compararía el resultado de esa cuenta con el haber garantizado. De los dos montos, se pagaría el más alto, según el titular de la Anses, Emilio Basavilbaso. Como sumarle un 5,7% llevaría el mínimo a $ 7659, estos jubilados no recibirían ajuste en marzo, aunque sí cobrarían el bono de $ 750, es decir, un total de $ 8540 sólo por ese mes. Luego, seguirían con $ 7790 hasta mayo. ¿Y en junio? Si bien aún no están los datos para calcular el ajuste, el Gobierno lo estimó en 5,6%. Entonces, se calcularía ese porcentaje sobre el mínimo de $ 7659, lo que da $ 8088, que es la cifra que cobrarían ese mes (ya que es superior a la garantía). En julio, como el salario mínimo subirá a $ 10.000, debería elevarse el ingreso a $ 8200.

Los que cobran entre el haber mínimo y $ 7790 y tienen 30 años de aportes. También regiría la garantía del 82% desde enero, en tanto que en marzo se calcularía la movilidad sobre el ingreso actual, y se otorgaría el incremento de 5,7% en caso de que el resultado sea mayor al monto garantizado. Por ejemplo, quien hoy cobra $ 7500, recibiría en enero y en febrero $ 7790. En marzo, como se agrega un 5,7% a los $ 7500, eso derivaría en un haber de $ 7927 y se percibiría esa cifra más un bono de $ 750 ($ 8677 por única vez). En abril y mayo se repetiría el ingreso de $ 7927, y en junio, si el índice de ajuste da un 5,6%, se pasaría a $ 8371. En julio, el ingreso garantizado pasará a $ 8200. En este ejemplo, esta última cifra quedaría superada por lo ya cobrado, por lo que se continuaría percibiendo $ 8371 hasta agosto inclusive.

Los que cobran el haber mínimo y se jubilaron por moratoria (o que por algún motivo no aportaron 30 años). En este caso no sería válida la garantía de un ingreso equivalente al 82% del salario mínimo. El primer ajuste llegaría recién en marzo y el ingreso quedaría en $ 7659; ese mes se sumaría un plus de $ 375, por lo que por única vez se percibiría $ 8034. En abril y mayo seguirían con $ 7659, y en junio el haber se iría a $ 8088 (es un estimado), para mantenerse así hasta agosto.

Los que cobran hasta $ 10.000. Tendrían la recomposición del 5,7% en marzo más el adicional que, en forma casi generalizada, sería de $ 750. Por ejemplo, alguien con un ingreso de $ 9000, cobraría en marzo $ 9513 más el bono ($ 10.263 por única vez). El haber seguiría en ese nivel y en junio subiría a $ 10.045.

Los que cobran más de $ 10.000. Este grupo de jubilados no recibiría el plus de marzo. Cobrarían solamente las recomposiciones por movilidad que, por ejemplo, llevarían un haber actual de $ 20.000 a $ 21.140 en marzo y a $ 22.324 en junio.

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