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06/12/2018 10:04 hs

Inédito: una mujer mendocina debe indemnizar a su ex por injuriarlo en Facebook

Río Cuarto - 06/12/2018 10:04 hs
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Es la primera sentencia que dicta la Justicia local contra alguien que injuria a través de las redes sociales.

Después de que el comerciante mendocino Aldo Palacios se casara con Nilva María Dias Ephima, una funcionaria pública federal de Brasil, su ex mujer -la trabajadora social Mónica Beatriz Molina (50)- empezó a “escrachar” a la nueva pareja a través de las redes sociales.

Utilizando su página de Facebook, Molina lanzó durante tres años una batería de insultos a la pareja: a él le decía “rata”, “maltratador”, “misógino”, “burro” y “corrupto”, afirmando falsamente que no le pagaba la cuota alimentaria de su hija. 

Sin conocerla, a la ciudadana brasileña la catalogaba como “gato”, “bien amaestrada”, “mantenida”, “que pruebe con trabajar”, utilizando también en los injuriantes posteos fotos de ella y de sus hijos y nietos que residen en Brasil.

Pues bien, ahora Molina -una funcionaria pública capacitada en violencia de género- acaba de ser condenada por injurias a pagar la suma de 10.000 pesos y, además, deberá publicar en su muro, durante siete días, el fallo firmado por el juez penal Eduardo Martearena.
Se trata de la primera sentencia judicial de Mendoza que se expresa sobre este tipo de delitos que ha generado el cotidiano uso de las redes sociales.

“Lo más interesante es que se marca un hito en nuestra  jurisprudencia respecto a las consecuencias que tienen este tipo de conductas que se han generalizado en las redes sociales y que causan daños psicológicos y morales en las víctimas que sufren este tipo injurias  llamadas ‘escraches’”, dice la abogada especialista en derecho informático Bárbara Peñaloza, quien defendió a la pareja afectada.

"Gatita", "mantenida", "inmoral" y "burro"

Aldo Palacios tuvo una relación con Mónica Molina. Tuvieron una hija y en 2009 se separaron. Luego se estableció una cuota alimentaria que el hombre pagó religiosamente. 

A principios de 2017, Aldo se casó con Nilva. Entonces Molina intensificó sus comentarios fuera de lugar y sumó como blanco a la nueva mujer de su ex.

La abogada de la pareja, en la denuncia, adjuntó 26 publicaciones realizadas por Molina en su biografía de Facebook entre marzo y octubre del año pasado para que las viera cualquier usuario. 

Además de incluir el nombre de los denunciantes, publicaba fotos de ellos. 

También mandaba mensajes privados a los familiares de la pareja con contenido injuriante. “Mierda”, “inmoral”, “deshonesto”, le decía a él; y a ella “figureti”, “gatita” y “cómplice de las mentiras de Palacios”. Estos mensajes llegaron incluso, de forma privada, al entorno de la mujer en Brasil.

Ante esta catarata de injurias, la pareja optó por llevar a Molina a juicio al sentir lesionados su dignidad, su honor y el derecho a la intimidad.

Si bien la pareja no buscó un resarcimiento económico sino un cese de los hostigamientos, el juez Martearena condenó a la imputada a pagar 10.000 pesos y a publicar el fallo durante siete días.

“Ella lo acusaba de ser un violento, un misógino. Son connotaciones muy fuertes en los tiempos que vivimos, logrando dañar nombres, imagen y, en definitiva, la dignidad. No se probaron nunca sus dichos. Ella decía que era un violento, que no pagaba la cuota alimentaria, pero eran cuestiones falsas”, dijo por último la letrada.

Mujer que ataca a mujer

Una de las aristas más llamativas del caso es que la condenada atacó a través de la redes a otra mujer, a la que ni siquiera conocía. 
El juez Eduardo Martearena consideró que Molina ocasionó un daño “importante”, sobre todo a la mujer brasileña que nada tenía que ver en el asunto y que se vio afectada por “el carácter universal que la imputada ha impreso a los insultos”.

Funcionaria

Martearena también consideró como agravante que Molina sea una funcionaria pública con funciones vinculadas a la temática de violencia de género y que, por lo tanto, “es conocedora de los efectos perniciosos, dañinos y denigrantes de la violencia verbal”. 

“Resulta paradójico que quien se compromete en la lucha contra el maltrato de la mujer emplee los mismos comportamientos que cuestiona”, sostuvo el magistrado en el fallo.

“(Molina) debiera haberse manejado de otra manera con ella porque usa términos denigrantes para cualquier mujer. Entre mujeres no se puede hablar de violencia de género, pero sí hay una violencia verbal muy fuerte, un discurso de odio que canaliza por la redes que genera mucho daño”, aclara la abogada Bárbara Peñaloza.

Los Andes 

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