La Provincia formaliza la relevancia de los biocombustibles, la bioenergía, los biomateriales y bienes reciclables en el cuidado y protección del medio ambiente. Cada organismo contratante de la Provincia deberá determinar en el caso concreto, la modalidad bajo la cual se acreditará la provisión de los bienes reciclables o biomateriales y/o el uso de biocombustibles.
La resolución 014/2021 del Ministerio de Coordinación, reglamenta que los pliegos de contrataciones de bienes, servicios y obra pública deberán incluir cláusulas de preferencia a las ofertas que incluyan la provisión de bienes reciclables o biomateriales y/o el uso de biocombustibles en los vehículos que integran su flota o de sus eventuales subcontratistas.
Desde su publicación, la Provincia formaliza la relevancia de los biocombustibles, la bioenergía, los biomateriales y bienes reciclables en el cuidado y protección del medio ambiente y el rol esencial que cumplen en el marco de la transición energética, el otorgamiento de beneficios en términos de ponderación y puntuación a las ofertas de proponentes que utilicen o provean esos tipos de combustibles y bienes.
Entendiendo las particularidades de cada contratación, cada organismo contratante de la Provincia deberá determinar en el caso concreto, la modalidad bajo la cual se acreditará la provisión de los bienes reciclables o biomateriales y/o el uso de biocombustibles.
La normativa reglamenta el artículo 4 de la Ley 10721 de Promoción y Desarrollo para la Producción y Consumo de Biocombustibles y Bioenergía sancionada en noviembre del año pasado.
Cabe mencionar que el Decreto 0918/2020 designó al Ministerio de Coordinación como Autoridad de Aplicación de la Ley, quedando bajo competencia de la Dirección General de Compras Contrataciones del Ministerio de Finanzas, la redacción e inclusión obligatoria de estas clausulas especiales.