El régimen estará abierto hasta el 30 de septiembre y luego irán a buscar a quienes tengan divisas sin declarar.
La reglamentación de la ley de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. El plazo para adherir al blanqueo de capitales será desde el 1° de julio hasta el 30 de septiembre.
Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, advirtió que después del 30 de septiembre “a los que tengan divisas sin declarar y no se acogieron a este programa, nosotros tenemos que aplicarles las sanciones que establece el régimen penal tributario y el Banco Central aplicará las sanciones que establece del régimen penal cambiario”.
Aquellas personas que adhieran al blanqueo de capitales no deberán informar el origen de los fondos a la AFIP, quedarán exceptuados de toda acción civil, comercial y penal tributaria. Además, tampoco deberán abonar el impuesto a los Créditos y Débitos.